REGLAMENTO del deporte ciclista

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domingo, mayo 22, 2005

Acceso a la prueba

4. Acceso a la prueba

1.2.022 Ningún licenciado suspendido puede ser admitido en la prueba ni en las zonas reservadas no accesibles al público.

Quien a sabiendas contrate o inscriba en una prueba a un corredor suspendido será sancionado con una multa de 2.000 a 10.000 francos suizos.

1.2.023 El organizador dará una acreditación y libre acceso a los miembros de los órganos de su federación y de la UCI.

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